Esta página desarrolla la parte operativa y reglamentaria del examen. En normativa es especialmente importante distinguir qué documento obliga legalmente, qué recomendación armoniza criterios y qué guía una práctica operativa. Por eso cada concepto se define antes de enumerar reglas concretas y se enlaza con su contexto técnico cuando resulta útil.
Procedimientos operativos
Alfabeto fonético internacional
El alfabeto fonético internacional asigna una palabra normalizada a cada letra para reducir errores cuando la señal es débil, existe ruido o los interlocutores hablan idiomas diferentes. Sirve para transmitir letras de forma inequívoca.
Debéis conocer Alfa, Bravo, Charlie, Delta, Echo, Foxtrot, Golf, Hotel, India, Juliett, Kilo, Lima, Mike, November, Oscar, Papa, Quebec, Romeo, Sierra, Tango, Uniform, Victor, Whiskey, X-ray, Yankee y Zulu.
Código Q y abreviaturas
El código Q es un conjunto de abreviaturas nacido para radiotelegrafía y todavía muy utilizado. Un grupo puede tener sentido interrogativo o afirmativo según el contexto. Entre los más habituales están QRM, QRN, QRP, QRT, QRV, QRX, QRZ, QSB, QSL, QSO, QSY y QTH.
También conviene reconocer abreviaturas operativas como CQ, BK, CW, DE, K, PSE, R, RST, RX, TX y UR.
Sistema RST
El RST es un sistema de reporte. R expresa legibilidad de 1 a 5; S, intensidad de 1 a 9; T, calidad del tono de CW de 1 a 9. En fonía se utiliza normalmente RS, porque T corresponde al tono telegráfico.
QSO: inicio, mantenimiento y cierre
Un QSO es una comunicación entre estaciones. Antes de transmitir se escucha para comprobar que la frecuencia no está ocupada. Durante el contacto se utiliza identificación correcta, potencia razonable y un ancho de banda adecuado al modo. Al finalizar se identifica la estación conforme a la normativa vigente.
Socorro, urgencia y responsabilidad
MAYDAY, PAN PAN, SÉCURITÉ y SOS
MAYDAY identifica una situación de socorro grave e inminente; PAN PAN, una situación de urgencia; SÉCURITÉ, determinados mensajes de seguridad. En telegrafía, SOS es la señal internacional de socorro.
En una emergencia la prioridad es no interferir, transmitir fielmente la información necesaria y facilitar que el mensaje llegue a quien pueda actuar.
Autodisciplina
La radioafición comparte espectro con otros usuarios y en algunas bandas tiene estatuto secundario. Escuchar antes de transmitir, identificarse correctamente, emplear la potencia necesaria, controlar el ancho de banda y corregir interferencias forman parte de la responsabilidad del operador.
Marco internacional, CEPT y España
UIT y Reglamento de Radiocomunicaciones
La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) establece el marco internacional para el uso del espectro y define servicios, estaciones, atribuciones y reglas de coordinación. Su Reglamento de Radiocomunicaciones es una referencia internacional fundamental para entender el servicio de aficionados.
Regiones UIT
La UIT divide el mundo en tres regiones para determinadas atribuciones de frecuencia. España pertenece a la Región 1. Esta división no debe confundirse con zonas de concursos, diplomas u otras clasificaciones propias de la radioafición.
Servicio primario y secundario
Una atribución primaria tiene prioridad reglamentaria frente a servicios secundarios en esa banda. Una estación de un servicio secundario no debe causar interferencia perjudicial a servicios primarios y no puede reclamar protección frente a ellos en los términos establecidos.
El significado técnico de interferencia perjudicial se relaciona con Medidas, interferencias y seguridad.
CEPT T/R 61-01
La CEPT es la Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones. La Recomendación T/R 61-01 facilita la operación temporal de radioaficionados autorizados entre administraciones participantes. No crea una normativa idéntica en todos los países: al operar fuera hay que respetar las condiciones nacionales aplicables.
CEPT T/R 61-02 y HAREC
La Recomendación T/R 61-02 armoniza el certificado HAREC y el programa de conocimientos asociado. HAREC acredita conocimientos reconocidos entre administraciones participantes, pero no constituye por sí solo una autorización para transmitir.
La diferencia entre examen, certificado y autorización se explica en Cómo es el examen.
Reglamento español, CNAF e IARU
En España, la autorización y las condiciones de uso se rigen por la normativa nacional. El CNAF o Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias determina las atribuciones nacionales del espectro; el vigente fue aprobado por la Orden TDF/732/2026.
La IARU Región 1 publica planes de banda y recomendaciones operativas útiles para ordenar la actividad, pero esos planes no sustituyen al CNAF ni al Reglamento español.

Autorización y distintivos de llamada
Certificado y autorización
Superar el examen acredita los conocimientos exigidos para obtener el certificado correspondiente. Para operar legalmente es necesaria además la autorización administrativa de radioaficionado. El procedimiento se desarrolla en Obtener la autorización de radioaficionado.
Distintivo de llamada
El distintivo de llamada identifica al titular o a una estación en sus emisiones. En España se construye con prefijo, cifra de distrito y sufijo. El Reglamento establece las series EA, EB y EC para autorizaciones individuales o estaciones colectivas y ED para determinadas estaciones automáticas desatendidas.
Distritos
La cifra del distintivo identifica un distrito reglamentario. El distrito 2 incluye Vizcaya, Álava, Guipúzcoa, Navarra, Huesca, Zaragoza y Teruel; el distrito 3 incluye Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona. La cifra 0 queda reservada a circunstancias especiales previstas reglamentariamente.
El distrito no es una provincia ni una comunidad autónoma: es una división específica utilizada en los distintivos.
Sufijos y distintivos de una letra
El sufijo completa el distintivo y, con carácter general, puede contener hasta tres letras dentro de las reglas reglamentarias. La Resolución de 29 de julio de 2026 establece un procedimiento ordinario para asignar distintivos con sufijo de una letra a quienes cumplan sus requisitos específicos.
Identificación de las emisiones
El artículo 29 del Reglamento exige transmitir el distintivo al comienzo y al final de cada emisión. En emisiones de larga duración debe repetirse al menos cada diez minutos. Para estaciones móviles y portables, las expresiones /M, /MM, /MA o /P son opcionales en los términos del propio Reglamento.
Estaciones, bandas y potencia
Tipos de estación
El temario distingue estaciones fijas, móviles, marítimas, aeronáuticas, portables, terrenas, espaciales, automáticas desatendidas y colectivas. La categoría importa porque puede modificar requisitos de autorización, control, identificación o potencia.
Nomenclatura LF a EHF
LF, MF, HF, VHF, UHF, SHF y EHF son denominaciones internacionales de grandes rangos de frecuencia, no bandas exclusivas de radioaficionados.
| Banda | Rango |
|---|---|
| LF | 30–300 kHz |
| MF | 300–3000 kHz |
| HF | 3–30 MHz |
| VHF | 30–300 MHz |
| UHF | 300–3000 MHz |
| SHF | 3–30 GHz |
| EHF | 30–300 GHz |
Atribuciones y CNAF
Una atribución reserva o comparte una banda para uno o más servicios radioeléctricos bajo determinadas condiciones. En España las atribuciones concretas de aficionados y aficionados por satélite deben comprobarse en el CNAF vigente. No debe trasladarse automáticamente una tabla de otro país ni tratar un plan IARU como una atribución legal.
Potencia, PEP, ERP y EIRP
La normativa puede expresar límites mediante magnitudes diferentes. PEP describe potencia de pico de envolvente del transmisor; ERP y EIRP incorporan la ganancia de antena y las pérdidas de línea con referencias distintas.
Las definiciones técnicas se desarrollan en PEP y ERP/EIRP.
Anchura necesaria y ocupada
La anchura necesaria es el ancho suficiente para transmitir la información con la calidad requerida. La anchura ocupada describe el espectro real de una emisión según el criterio reglamentario. Estar dentro de una banda no justifica transmitir innecesariamente ancho.
Contenido, registros e interferencias
Finalidad de las comunicaciones
La radioafición no es un servicio comercial de telecomunicaciones. Las comunicaciones deben mantenerse dentro de los fines propios del servicio de aficionados y de las reglas nacionales e internacionales aplicables.
Mensajes codificados y tráfico de terceros
El uso de códigos con intención de ocultar el significado está restringido, salvo las excepciones reglamentarias previstas. El tráfico de terceros tampoco debe interpretarse como autorización general para cursar comunicaciones ajenas a los fines del servicio.
Log de comunicaciones
Un log es un registro de contactos. El programa HAREC exige comprender su finalidad y los datos normalmente registrados: fecha y hora UTC, distintivo, frecuencia o banda, modo y reportes. No debe confundirse este conocimiento con obligaciones históricas que puedan haber cambiado.
Interferencia perjudicial
Una interferencia perjudicial es una perturbación que degrada, obstruye o interrumpe de forma relevante un servicio radioeléctrico protegido. En bandas donde aficionados tiene estatuto secundario, la obligación de no perjudicar al servicio primario resulta especialmente importante.
Los mecanismos técnicos se explican en Medidas, interferencias y seguridad.
Inspección y responsabilidad
Inspección y régimen sancionador
La Administración dispone de competencias de inspección sobre el uso del dominio público radioeléctrico. La Ley 11/2022 contempla infracciones relacionadas con emisiones no autorizadas, incumplimiento de condiciones y obstrucción a la inspección.
Antenas en inmuebles
La instalación de antenas de radioaficionado en inmuebles tiene un marco legal específico. Se desarrolla aparte en Antenas y comunidades de propietarios.
Glosario normativo y operativo
| Término | Qué significa | Relacionado |
|---|---|---|
| UIT | Organismo internacional de telecomunicaciones | UIT |
| CEPT | Conferencia europea de administraciones de telecomunicaciones | CEPT |
| HAREC | Certificado armonizado de conocimientos | HAREC |
| CNAF | Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias | CNAF |
| IARU | Organización internacional de asociaciones de radioaficionados | IARU |
| QSO | Comunicación entre estaciones | QSO |
| RST | Reporte de legibilidad, intensidad y tono | RST |
| Distintivo | Identificación de llamada de titular o estación | Distintivo |
| Servicio secundario | Servicio con obligaciones de protección frente a primarios | Primario/secundario |
| PEP | Potencia de pico de envolvente | PEP |
Qué referencia consultar
| Duda | Referencia principal |
|---|---|
| Definiciones y marco internacional | Reglamento de Radiocomunicaciones UIT |
| Operación temporal internacional | CEPT T/R 61-01 |
| Programa HAREC | CEPT T/R 61-02 |
| Autorización, distintivos y uso en España | Orden IET/1311/2013 |
| Atribuciones nacionales | CNAF vigente |
| Planes operativos recomendados | IARU Región 1 |
| Inspección y sanciones | Ley 11/2022 |
Fuentes oficiales
- Reglamento español y programa oficial — BOE.
- Procedimiento del examen — BOE.
- Resolución de 29 de julio de 2026 — sufijos de una letra.
- CNAF 2026 — BOE.
- Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones — BOE.
- CEPT T/R 61-01.
- CEPT T/R 61-02.
- Reglamento de Radiocomunicaciones UIT.
- IARU Región 1 — planes de banda.
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